miércoles, 29 de junio de 2011

encuentro por funcionamiento de lugares de esparcimiento nocturno

la voz del pueblo - 29/06/2011
La nocturnidad de Claromecó en la mira
Aún fuera de temporada es tema para el análisis y debate.


Se habló nuevamente de adecuar la ordenanza de habilitaciones y funcionamiento. Y convocar a los jueces de faltas para saber si se aplican las sanciones correspondientes

Los problemas que ocasiona la nocturnidad en Claromecó también es tema de tratamiento fuera de temporada estival, cuando es que se generan los mayores inconvenientes.

A raíz de un reclamo formulado por el bloque de concejales de la UCR, ayer se concretó una reunión en el Concejo Deliberante entre integrantes de la Comisión de Turismo con la directora del Organismo Descentralizado, Mary Souto; el director de Turismo, Diego Fernández, y el director de Inspección General y Tránsito, Luis Erman.
Como se ha dicho en alguna ocasión anterior, la ordenanza que regula la habilitación y funcionamiento de los lugares de esparcimiento nocturno merece una fuerte revisión, que ahora pareciera va a tener, con el fin de que posteriormente a su apertura no puedan funcionar de otra manera a la que fue dispuesta, tal como ocurre habitualmente.

Una cuestión no menor fue nuevamente puesta sobre la discusión, y es sobre las sanciones que reciben aquellos locales que han sido infraccionados y cuyos casos tienen tratamiento en el Juzgado de Faltas municipal, ya que también actúa la Justicia Correccional según el tipo de infracción.
Pero se dijo que en lo municipal no se los sancionaría de la manera correspondiente y es así que las reincidencias son materia corriente, por lo cual se citará a los jueces de faltas del municipio para tratar al respecto. "Se diluyen en el Juzgado de Faltas", se dijo con respecto a las infracciones sobre las cuales debe actuar.
Es que según la ordenanza vigente, "la infracción o incumplimiento a cualquiera de las disposiciones", dará "motivo a la aplicación de sanciones, las que serán graduadas por el Departamento Ejecutivo según su gravedad o reincidencia: a) multas desde 1500 pesos hasta el máximo que autorice la Ley Orgánica de las Municipalidades. b) clausura preventiva, temporaria o definitiva".
Atento a esto, y de acuerdo a las reincidencias en algunos casos, tal como se mencionó a El Munich de Claromecó, se estima que debió tener esta última de las sanciones. "Es transgresor", se apuntó en relación al propietario de ese lugar mostrándose la cantidad de constataciones de infracciones realizadas.

Otra cuestión a la que se apuntaría en la revisión de la ordenanza es tener en cuenta los antecedentes de cada comerciante al momento de solicitar una habilitación de temporada, que de contar con determinado tipo de infracciones se le podría negar.
El director de Inspección General aseguró que se hacen controles en todos los lugares de esparcimiento nocturno de la ciudad y localidades, en algunos de los cuales se han labrado infracciones y clausurado. Incluso citó que se les está exigiendo la colocación de cámaras dentro y fuera de los locales para monitorear el interior y exterior de cada lugar.
Asimismo, Erman comprometió su trabajo por el cumplimiento de las normativas vigentes en la materia, ya que dijo que había venido a Tres Arroyos a cumplir una función y ese era su objetivo.

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