jueves, 25 de agosto de 2011

sobre la disposición de los medicamentos vencidos

la voz del pueblo - 24/08/2011
Disposición de medicamentos vencidos


Ante una iniciativa del Colegio de Farmacéuticos, se suma un proyecto para crear una ordenanza. Se trata de dar marco legal al destino final de medicamentos vencidos o en desuso

El concejal Arnaldo Guglielmetti (Acción Comunal Tresarroyense) ha presentado ante la Comisión de Acción Social del Concejo Deliberante una modificación a la ordenanza de gestión integral de residuos que permita darle marco legal a la iniciativa del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires que fuera presentada por la filial local, referida a la disposición de medicamentos domiciliarios vencidos o en desuso.

Como se recordará, dicho proyecto consiste en habilitar recipientes dentro de las farmacias para que los vecinos puedan depositar allí sus remedios que ya no se utilizan por haber superado su vida útil. Luego, dichos remedios serán tratados como el resto de los residuos patogénicos que generan las farmacias.
El concejal Guglielmetti manifestó que "el tema fue tratado en la comisión por el interés que generó, sobre todo en su presidente, el concejal Furmento. El proyecto presentado toma como base el material que nos acercara la gente del Colegio de Farmacéuticos y nos parece que se trata de una idea muy práctica y que viene a solucionar un problema que todos tenemos en nuestras casas, como es qué hacer con los medicamentos que se nos han vencido o que ya no usamos. Disponer de los mismos como cualquier otro residuo es un eventual foco de contaminación y otros peligros. Por eso nos parece que merece todo el apoyo del gobierno municipal la posibilidad de encontrar una solución adecuada como esta".

El proyecto
El proyecto de ordenanza dispone que las farmacias adheridas voluntariamente deberán disponer en lugar visible, pero a resguardo del público, el recipiente para la disposición transitoria de los residuos patogénicos, según requisitos de la Ley 11.347, identificado con el cartel que será provisto por la Municipalidad. La farmacia procederá al tratamiento de los residuos patogénicos recolectados de forma idéntica a la que realiza para los residuos patogénicos que la misma genera, de acuerdo con la legislación vigente.

Asimismo, se establece que la Municipalidad, a través del área a cargo de este programa, deberá difundirlo a través de los medios de comunicación que estime pertinentes y necesarios, publicar y/o dar a conocimiento el listado de las farmacias adheridas para facilitar el acceso de la población al servicio, incorporar a la farmacia del Centro Municipal de Salud Hospital Dr. Ignacio Pirovano, proveer los carteles identificatorios y todo otro material destinado a la difusión y publicidad del subprograma y supervisar el adecuado funcionamiento del Subprograma.
Finalmente, se autoriza al intendente a suscribir los convenios que resulten necesarios para instrumentar el programa.

El proyecto para un final seguro
Créase el Subprograma Municipal de Recolección de Medicamentos Vencidos Domiciliarios con la finalidad de promover a las farmacias como lugares que permitan a la ciudadanía depositar los medicamentos domiciliarios vencidos o deteriorados.

Las farmacias adheridas voluntariamente deberán disponer en lugar visible pero a resguardo del público el recipiente para la disposición transitoria de los residuos patogénicos según requisitos de la Ley 11.347, identificado con el cartel que será provisto por el Subprograma. La farmacia procederá al tratamiento de los residuos patogénicos recolectados de forma idéntica a la que realiza para los residuos patogénicos que la misma genera, de acuerdo con la legislación vigente.

Los establecimientos asistenciales, médicos, odontológicos, veterinarios, laboratorios de análisis clínicos o medicinales, farmacias, centros de investigación, gabinetes de enfermería y toda aquella persona física o jurídica que genere residuos patogénicos a consecuencia de su actividad no podrán hacer uso de este Subprograma.

Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con el Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Buenos Aires a los efectos de instrumentar y reglamentar el presente Subprograma. Asimismo, queda facultado para celebrar convenios que permitan la incorporación al mismo de las farmacias sindicales existentes en nuestro distrito en las mismas condiciones.

El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria o Dirección que estime pertinente, deberá difundir el Subprograma a través de los medios de comunicación que estime pertinentes y necesarios. Publicar y/o dar a conocimiento el listado de la Farmacias adheridas para facilitar el acceso de la población al servicio. Incorporar al Subprograma a la farmacia del Centro Municipal de Salud Hospital Dr. Ignacio Pirovano. Proveer los carteles identificatorios y todo otro material destinado a la difusión y publicidad del subprograma. Supervisar el adecuado funcionamiento del Subprograma.





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